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¿Qué significa la franquicia en un seguro y cómo te influye?

Publicado por Andrea Cebrian
Conductor sonriendo mientras conduce, imagen ilustrativa para explicar qué significa la franquicia en un seguro.

Conocer qué significa la franquicia en un seguro resulta imprescindible antes de contratar cualquier póliza, ya sea de coche, hogar, salud, responsabilidad civil o cualquier otro producto asegurador. En términos prácticos, la franquicia es la parte del coste del siniestro que asume el propio asegurado, mientras que la aseguradora cubre el resto conforme a las condiciones pactadas. Este umbral, fijado en euros o en porcentaje, condiciona directamente la prima anual, la indemnización que se percibirá tras un siniestro e incluso la conveniencia de formalizar la correspondiente parte. Una elección adecuada de la franquicia puede suponer una diferencia de cientos de euros en la prima y de miles de euros en la indemnización final.

En esta guía se analiza en qué consiste la franquicia, qué establece la Ley del Contrato de Seguro al respecto, qué modalidades existen, cómo se aplica en cada producto asegurador y en qué situaciones conviene optar por una franquicia elevada o reducida.

Contenido revisado por un experto

Última actualización: julio de 2026. Revisado por Andrea Cebrián, de Cebrián & Ajo Seguros e Inversión, licenciada en empresas, marketing y relaciones públicas, con máster en dirección general y especialista en atención al cliente y gestión de siniestros.

¿Qué significa la franquicia en un seguro?

La franquicia es la cantidad fija o porcentual que el asegurado debe asumir cuando se produce un siniestro cubierto por la póliza. Opera como un umbral: los daños que no alcanzan dicho importe corren íntegramente por cuenta del asegurado, y únicamente cuando el siniestro supera esa cifra la aseguradora procede a indemnizar.
Un ejemplo práctico resulta especialmente ilustrativo. Considérese un seguro de coche con una franquicia de 300 €:

  • Ante un siniestro con daños por 250 €, no procede indemnización alguna. El coste íntegro corresponde al asegurado.
  • Ante un siniestro con daños por 900 €, el asegurado abona los primeros 300 € y la aseguradora los 600 € restantes.
  • Ante un siniestro con daños por 5.000 €, el asegurado abona los primeros 300 € y la aseguradora los 4.700 € restantes.
Mujer revisando en su móvil la póliza de coche para entender qué significa la franquicia en un seguro.

¿Qué establece la Ley del Contrato de Seguro?

La figura de la franquicia se encuentra regulada de forma indirecta en la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, norma que continúa constituyendo la base del derecho asegurador español. Si bien la ley no dedica un precepto específico a la franquicia, consagra el principio de libertad de pacto entre asegurador y asegurado, que permite establecer límites y condiciones a la cobertura. Adicionalmente, el artículo 3 exige que las cláusulas limitativas de los derechos del asegurado (categoría en la que se encuadra la franquicia) se destaquen de forma especial y se acepten por escrito.

Esta exigencia tiene una consecuencia práctica de gran relevancia: la franquicia debe figurar de forma clara en las condiciones particulares de la póliza, sin quedar oculta en la letra pequeña de las condiciones generales. En ausencia de dicha destacada mención y firma, los tribunales tienden a inaplicar en caso de conflicto. El organismo supervisor del sector, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), vigila el cumplimiento de estas obligaciones de transparencia.

Tipos de franquicia en los seguros

Existen diversas modalidades de franquicia que las aseguradoras combinan según el producto y el perfil de riesgo. A continuación se recogen las más frecuentes en el mercado español.

Tipo ¿Cómo funciona?
Fija Cantidad concreta en euros (150 €, 300 €, 600 €…) que se descuenta de cada siniestro
Porcentual El asegurado asume un porcentaje del daño (entre el 10 % y el 20 %)
Mixta Combina un mínimo fijo y un porcentaje (se aplica el mayor de los dos)
Anual acumulativa Establece un tope máximo anual; superado dicho importe, la aseguradora cubre el resto
Condicional Si el daño supera el umbral, la aseguradora indemnizará la totalidad sin descontar la franquicia

Las dos modalidades más extendidas para el particular son la franquicia fija (característica en coche y hogar) y la franquicia porcentual (más habitual en pólizas empresariales y en embarcaciones).

Franquicia según el tipo de seguro

La franquicia no se aplica de forma uniforme en todos los productos aseguradores. Cada uno presenta particularidades que conviene conocer para adoptar decisiones informadas.

Franquicia en seguro de coche

En el seguro de coche, la franquicia se aplica principalmente en las modalidades a todo riesgo con franquicia, las más contratadas del mercado por su equilibrio entre precio y cobertura. Los tramos habituales oscilan entre 150 € y 600 €, si bien existen pólizas con franquicias de 900 € o incluso 1.500 € destinadas a conductores que buscan primas especialmente reducidas.

Un aspecto relevante: la franquicia del seguro de coche suele afectar únicamente a los daños propios del vehículo, no a la responsabilidad civil obligatoria, la asistencia en carretera ni la defensa jurídica, que se prestan sin franquicia. Adicionalmente, determinadas coberturas específicas (rotura de lunas o robo) pueden presentar franquicias independientes o quedar directamente exentas.

Franquicia en seguro de hogar

En el seguro de hogar, la franquicia resulta menos frecuente que en el seguro de coche y, cuando existe, suele situarse entre 60 € y 150 €. Numerosas pólizas de hogar la aplican únicamente a determinadas coberturas, como daños eléctricos o roturas de cristales, dejando el resto sin franquicia.

Existe un aspecto que muchos asegurados desconocen: la garantía de daños estéticos, que asegura la uniformidad visual tras un siniestro, suele tener franquicia propia y diferenciada del resto de coberturas. De igual modo, en las garantías de robo conviene analizar cómo se combina la franquicia con las distintas figuras jurídicas: la diferencia entre robo, expoliación y hurto determina qué cobertura resulta aplicable y en qué condiciones.

Franquicia en seguro de salud

En el seguro de salud, la franquicia se denomina habitualmente copago y consiste en una cantidad fija que el asegurado abona por cada acto médico. Los copagos habituales oscilan entre 3 € y 15 € por consulta de medicina general y entre 8 € y 25 € por consulta de especialista o prueba diagnóstica.

Existen pólizas de salud sin copago (con prima más elevada) y con copago (con prima más reducida). La elección depende de la previsión de uso del servicio médico: en el caso de familias con hijos pequeños o miembros mayores de 65 años, el copago puede acabar suponiendo un desembolso anual considerable.

Franquicia en seguros empresariales

En las pólizas empresariales, la franquicia suele adoptar carácter porcentual y con importes mínimos elevados. Resulta habitual encontrar franquicias del 10 % del siniestro con un mínimo de 600 € ó 1.200 €. Esta configuración responde a la lógica del sector: proteger a la aseguradora frente a la elevada frecuencia siniestral asociada a determinadas actividades, ajustando en consecuencia la prima final.

Diferencia entre franquicia, deducible y copago

Se trata de tres conceptos que con frecuencia se confunden, dado que en distintos países y ramos se emplean de forma diferente. Estas son sus principales diferencias:

  • Franquicia: término estándar en España para referirse a la cantidad que asume el asegurado antes de que actúe la cobertura. Se utiliza en coche, hogar, responsabilidad civil, embarcaciones y seguros industriales.
  • Deducible: es el término equivalente empleado en Latinoamérica y en determinadas pólizas internacionales. En la práctica funciona de forma idéntica a la franquicia española, si bien puede aparecer también en seguros de salud.
  • Copago: constituye la forma que adopta la franquicia en el seguro de salud español. Consiste en una cantidad fija que se abona por cada acto médico, no por siniestro global.

En definitiva, en el mercado español y en pólizas locales se utiliza el término franquicia (o copago en el ámbito sanitario). Cuando aparece el término «deducible», habitualmente se trata de una póliza traducida del inglés o de origen latinoamericano.

¿Cómo influye la franquicia en tu cuota y en tu indemnización?

La franquicia tiene un impacto directo en dos aspectos determinantes: el importe anual de la prima y la cuantía percibida en caso de siniestro. Comprender la relación entre ambos resulta clave para adoptar una decisión adecuada.

  • A mayor franquicia, menor prima. Una franquicia elevada excluye los siniestros de escasa cuantía, que son los más frecuentes y proporcionalmente más costosos de tramitar para la aseguradora. Por este motivo, incrementar la franquicia puede suponer ahorros del 15 % al 30 % en la prima anual.
  • A menor franquicia, mayor indemnización. Optar por una franquicia reducida implica el pago de una prima más elevada, si bien la compensación recibida en caso de siniestro será proporcionalmente mayor y más completa.
  • La franquicia condiciona la decisión de formalizar el parte. Cuando el daño no supera la franquicia, no resulta aconsejable dar parte del siniestro, dado que el coste será asumido íntegramente por el asegurado y, sin embargo, podría afectar al historial de siniestralidad y a la prima de renovación.
  • Pueden coexistir franquicias distintas dentro de una misma póliza. Resulta habitual que un seguro de coche presente una franquicia para daños propios, otra distinta para lunas y ninguna para robo. Conviene, por tanto, revisar cada garantía de forma individualizada.

¿Cuándo conviene una franquicia alta y cuándo una baja?

Franquicia alta

Optar por una franquicia elevada resulta aconsejable en los siguientes escenarios:

  • Cuando se dispone de liquidez suficiente para asumir un desembolso puntual de 300 € a 1.000 € sin comprometer la economía personal.
  • En el caso de conductores prudentes con historial reducido de siniestros, con previsión de mantener años sin partes.
  • Cuando el bien asegurado presenta un valor elevado (vehículo de alta gama, vivienda con contenido valioso) y se busca protección frente a siniestros graves más que frente a los de escasa cuantía.
  • Cuando el objetivo prioritario es minimizar el importe de la prima, aceptando la asunción de daños menores.

Franquicia baja

La franquicia reducida o nula resulta preferible en los siguientes casos:

  • Cuando se requiere previsibilidad económica y se prefiere una prima más elevada a cambio de evitar desembolsos inesperados.
  • Ante conductores noveles o con historial de siniestralidad recurrente, aunque sea de escasa cuantía.
  • Cuando el bien asegurado se destina a un uso intensivo (vehículo de trabajo, vivienda arrendada) y la probabilidad de siniestro resulta elevada.
  • Cuando la residencia o ámbito de circulación se ubica en zonas de siniestralidad elevada (grandes ciudades, estacionamiento en vía pública, zonas con condiciones climáticas adversas).

Errores comunes al interpretar la franquicia

A continuación se exponen los errores más frecuentes detectados en el asesoramiento sobre pólizas, que pueden derivar en indemnizaciones inferiores a las esperadas o en primas mal ajustadas.

  • Considerar la franquicia como un «coste añadido». No lo es: constituye un importe que únicamente se abona en caso de siniestro y solo cuando el daño supera el umbral establecido.
  • Confundir franquicia con copago. En el ámbito de la salud son conceptos similares pero no idénticos, y cada póliza los aplica de forma distinta.
  • Presuponer que todas las coberturas tienen la misma franquicia. No resulta así: dentro de una misma póliza pueden coexistir franquicias diferenciadas para daños propios, robo, lunas o responsabilidad civil.
  • No comprobar si la franquicia afecta a coberturas críticas como responsabilidad civil, robo, daños estéticos o incendio.
  • Optar por una franquicia elevada sin la liquidez necesaria para asumirla. Constituye el peor escenario posible: se abona una prima reducida pero, ante un siniestro, no es posible afrontar el desembolso.
  • No revisar el condicionado particular. Como se ha señalado, la franquicia debe figurar destacada en la póliza. En caso de no localizarla con claridad, resulta imprescindible consultarla antes de firmar.

Muchos de estos errores se evitan mediante el asesoramiento de un mediador profesional. Como se detalla en nuestra guía sobre las ventajas de contar con un mediador de seguros, disponer de un profesional que interprete el condicionado marca la diferencia entre una póliza que responde adecuadamente y otra que decepciona.

¿Por qué con Cebrián & Ajo Seguros e Inversión?

La franquicia constituye uno de los aspectos más determinantes de cualquier póliza y, paradójicamente, uno de los menos comprendidos por los asegurados. Elegir adecuadamente entre franquicia alta o baja, conocer las coberturas en las que se aplica y anticipar el desembolso real en caso de siniestro son decisiones que no deberían adoptarse sin un asesoramiento profesional.

En Cebrián & Ajo Seguros e Inversión llevamos más de 30 años asesorando a particulares, autónomos y empresas de Madrid en la interpretación del condicionado de sus pólizas y en la elección de la franquicia que mejor encaja con su perfil económico y su nivel de riesgo. Como correduría independiente, comparamos las condiciones de las principales aseguradoras del mercado para que la elección se realice con plena claridad sobre lo que ofrece cada una, el punto óptimo de equilibrio entre prima e indemnización y los aspectos del condicionado que conviene analizar antes de firmar.

Andrea Cebrian
Andrea Cebrian
Licenciada en empresas, marketing y relaciones públicas. Y con un máster en dirección general y otro de marketing. Ha desarrollado su carrera profesional con un claro enfoque en la atención al cliente y gestión de siniestros e incidencias. Gracias a su capacidad resolutiva y al alto conocimiento de las pólizas de seguro, sumado a su capacidad de adaptación a situaciones complicadas, consigue aportar soluciones eficientes ante las incidencias del día a día.

Respondemos tus preguntas frecuentes

¿Qué es la franquicia en un seguro de coche?
La franquicia en un seguro de coche es la cantidad, habitualmente comprendida entre 150 € y 600 €, que el asegurado asume cuando se produce un siniestro con daños al vehículo. Se aplica principalmente en las modalidades a todo riesgo con franquicia, las más contratadas del mercado por combinar una cobertura amplia con una prima ajustada. La franquicia suele afectar únicamente a los daños propios del vehículo, no a la responsabilidad civil obligatoria ni a la asistencia en carretera.

¿La franquicia se aplica siempre que se produce un siniestro?
Depende del tipo de póliza y de la cobertura afectada. Numerosos seguros aplican franquicia únicamente a determinadas garantías (daños propios, lunas, daños eléctricos) y dejan otras exentas (responsabilidad civil, defensa jurídica, asistencia). Adicionalmente, algunas coberturas pueden presentar franquicias diferenciadas dentro de la misma póliza.

¿Resulta recomendable optar por una franquicia elevada?
Únicamente cuando se dispone de liquidez suficiente para asumir el desembolso puntual sin dificultad y se cuenta con un historial de siniestros reducido. La franquicia elevada puede suponer ahorros del 15 % al 30 % en la prima, si bien exige capacidad para afrontar entre 300 € y 1.000 € en caso de siniestro. Cuando se prioriza la previsibilidad económica, una franquicia reducida suele constituir la opción más adecuada.

¿Pueden coexistir franquicias distintas dentro de una misma póliza?
Sí. Resulta habitual en seguros de coche, hogar y salud. Una misma póliza puede aplicar franquicias diferenciadas para daños propios, lunas, robo, responsabilidad civil o determinadas pruebas médicas. Por este motivo conviene revisar el condicionado particular cobertura por cobertura antes de proceder a la firma.

¿La franquicia afecta a la responsabilidad civil?
Habitualmente no. En los seguros de coche, la responsabilidad civil obligatoria (la cobertura mínima legal) se presta siempre sin franquicia. En los seguros de hogar y de responsabilidad civil profesional pueden existir excepciones, si bien lo habitual es que la responsabilidad civil quede exenta o presente una franquicia muy reducida.

¿Qué diferencia hay entre franquicia y prima?
La prima es el importe que se abona de forma periódica (anual, semestral o mensual) a la aseguradora para mantener activa la cobertura. La franquicia, por otro lado, es la cantidad que únicamente se abona si se produce un siniestro cubierto y supera el umbral establecido. Constituyen conceptos independientes: cabe combinar una prima reducida con franquicia elevada, o una prima elevada con franquicia nula, en función del equilibrio buscado.

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