Guía de dónde hay que ir para pedir las últimas voluntades

Si te preguntas dónde hay que ir para pedir las últimas voluntades, la respuesta es clara: el trámite se realiza ante el Ministerio de Justicia, solicitando el Certificado de Actos de Última Voluntad una vez transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento. Puede pedirse de forma presencial, por correo o telemáticamente, aportando el certificado literal de defunción y abonando la tasa correspondiente. Este documento es imprescindible para saber si la persona fallecida otorgó testamento y ante qué notario.
¿Dónde hay que ir para pedir las últimas voluntades?
El trámite se gestiona a través del Registro General de Actos de Última Voluntad, dependiente del Ministerio de Justicia. No se solicita en el juzgado ni directamente en la notaría, sino ante la Administración competente. Para pedir el certificado necesitarás:
- Certificado literal de defunción.
- Modelo oficial de solicitud cumplimentado.
- Modelo oficial de solicitud cumplimentado.
Es importante respetar el plazo mínimo legal desde el fallecimiento. Sin este certificado no es posible acudir al notario para iniciar la tramitación de la herencia, ya que es el documento que confirma si existe testamento y cuál es el último válido.
¿Qué es el certificado de últimas voluntades y por qué es obligatorio?
El certificado de últimas voluntades es el documento oficial que acredita si una persona fallecida otorgó testamento y ante qué notario lo hizo. No indica el contenido del testamento, pero sí permite localizarlo. Este paso es obligatorio antes de iniciar cualquier reparto hereditario. Sin él, no se puede determinar si la sucesión debe tramitarse conforme a testamento o mediante declaración de herederos abintestato.
En muchos casos, este trámite se gestiona junto con otros procesos relacionados con la planificación familiar y la previsión, como ocurre con quienes habían contratado un seguro de decesos o un seguro de vida que puede generar derechos económicos para los beneficiarios.
Relación entre herencias, seguros de vida y de decesos
Cuando se produce un fallecimiento, no solo se tramita la herencia. También pueden activarse pólizas contratadas por el fallecido.
Un seguro de decesos cubre los gastos y gestiones del sepelio, mientras que un seguro de vida puede generar una indemnización para los beneficiarios designados. Es importante saber que la indemnización de un seguro de vida no forma parte directamente de la herencia, sino que se abona a los beneficiarios indicados en la póliza.
Si estás valorando dejar estos trámites ordenados, conviene entender también el coste de cada solución. Aquí puedes ver cuánto cuesta un seguro de decesos y cuánto cuesta un seguro de vida, para comparar opciones según edad, coberturas y necesidades familiares.
Normativa aplicable y procedimiento legal
Como hemos mencionado antes, este certificado se regula dentro del marco administrativo del Ministerio de Justicia y es un requisito previo imprescindible para la tramitación notarial de la herencia. El procedimiento habitual es:
- Solicitar el certificado tras el plazo legal.
- Comprobar si existe testamento.
- Acudir al notario correspondiente.
- Iniciar la aceptación y adjudicación de herencia.
En ausencia de testamento, será necesario realizar una declaración de herederos conforme a la normativa civil aplicable.

¿Por qué con Cebrián & Ajo Seguros e Inversión?
En Cebrián & Ajo Seguros e Inversión llevamos más de 30 años acompañando a empresas y autónomos en decisiones que impactan en su tranquilidad: no solo elegir bien la estructura, sino proteger bien la actividad. Analizamos cada caso con cercanía y criterio profesional para recomendar coberturas coherentes con tu operativa, desde responsabilidad civil hasta multirriesgo y seguros obligatorios según sector. Porque una empresa no se protege con una póliza “tipo”, sino con asesoramiento personalizado y una mediación que responde cuando hace falta.